A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Comfenalco Valle Del Cauca·Respondent Ministerio De Salud Y Proteccion Social Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Configuración de cosa juzgada
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 021 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 006 Administrativo Oral del mismo circuito, suscitado por una acción de reparación directa presentada por Comfenalco Valle, en contra de: la Nación-Ministerio de Salud y Protección Social; la Unión Temporal Nuevo Fosyga; el Consorcio SAYP 2011, con la cual se solicita, entre otras pretensiones, declararlas administrativamente responsables por los daños y perjuicios antijurídicos sufridos a raíz del incumplimiento en los pagos por concepto de recobros solicitados por cada uno de los servicios de salud prestados, no incluidos en el POS, hoy PBS.
Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que existió una decisión del 24 de abril de 2019, proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura que dirimió el conflicto suscitado entre la jurisdicción ordinaria, especialidad laboral, representada por el Juzgado 006 Laboral del Circuito de Cali, y la jurisdicción de lo contencioso administrativa, representada por el Juzgado 006 Administrativo Oral del mismo circuito, con la que puso fin al conflicto igual al que se presenta en este caso.
En conclusión, el conflicto interjurisdiccional actual se suscita entre jurisdicciones iguales al conflicto anterior; con razones iguales, y sobre un proceso igual.
Por lo tanto, se acredita la triple identidad que configura el fenómeno de la cosa juzgada y la Corte Constitucional debe en consecuencia, estarse a lo resuelto por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el 24 de abril mediante radicado 11001010200020180189800.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en el auto del 24 de abril de 2019, dentro del radicado 11001010200020180189800.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6126 al Juzgado 021 Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado 006 Administrativo Oral del mismo circuito y a los demás interesados en este trámite.
- TERCERO. PREVENIR al Juzgado 021 Laboral del Circuito de Cali para que, en lo sucesivo, se abstenga de plantear conflictos de competencia entre jurisdicciones por asuntos resueltos por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, y dé aplicación a la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.